CIRCULAR No. 00002-D-DPELR
Babahoyo, 3 de enero del 2012
PARA: COORDINADORES/AS DE EISE’S
SUPERVISORES/AS
DE EDUCACIÓN
Rectores/as, Vicerrectores/as, Jefes/as de Talento
Humano
COLEGIOS FISCALES
Directores/as, Subdirectores/as
REDES EDUCATIVAS, CENTROS EDUCATIVOS MATRIZ
Directores/as
ESCUELAS FISCALES, CENTROS ARTESANALES
ASUNTO: Revisión de distributivos
De mi consideración:
En relación a la elaboración del
distributivo de trabajo para el nuevo periodo lectivo 2012-2013, remito a
ustedes disposiciones a tomar en cuenta en la distribución de carga horaria:
- Se considerará Educación Sexual como eje transversal de los planes y programas de estudio dentro del área de ciencias naturales, por lo que no será una asignatura con carga horaria.
- Se considerará la cátedra de Montalvo como eje transversal de los planes y programas de estudio de ciencias sociales, por lo que no será una asignatura con carga horaria.
- Todos los docentes deberán constar dentro del distributivo de trabajo con 30 horas clases y 10 horas complementarias. No existirán inspectores de cursos.
- Para la distribución de horas pedagógicas, se dará prioridad a los docentes titulares, incluso a los docentes que no cuenten con el título correspondiente al área en que se desempeña, pero que por varios años cuentan con experiencia académica en dichas áreas.
- Se recuerda a las autoridades que sólo se contratará bajo prevención de Ley al personal docente y administrativo estrictamente necesario, de conformidad con las circulares 0070 y 0071 CGAF-DIRFIN.
- Si luego de la elaboración del distributivo de trabajo, existieren docentes y/o administrativos titulares declarados en exceso, la máxima autoridad y el Jefe de Talento Humano institucional, informarán de manera inmediata, a la Dirección Provincial de Educación.
- Con la finalidad de optimizar tiempo, se recomienda elaborar el distributivo en orden alfabético, ubicando a las autoridades al inicio del mismo.
- En el distributivo de trabajo administrativo, deberán constar las competencias de cada servidor público y/o trabajador.
La inobservancia de
estas directrices, serán sancionadas de conformidad a las disposiciones constantes
en la LOSEP y su Reglamento, LOEI y Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas.
Atentamente,
MSc.
Norma Castillo Bravo
DIRECTORA PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
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