CIRCULAR No. 00004-D-DPELR
Babahoyo, 4 de enero del 2012
PARA: COORDINADORES/AS DE EISE’S
SUPERVISORES/AS
DE EDUCACIÓN
Rectores/as, Vicerrectores/as, Jefes/as de Talento
Humano
COLEGIOS FISCALES
Directores/as, Subdirectores/as
REDES EDUCATIVAS, CENTROS EDUCATIVOS MATRIZ
Directores/as
ESCUELAS FISCALES, CENTROS ARTESANALES
ASUNTO: Rectificación a circular No. 00002-D-DPELR
De mi consideración:
Como alcance a la Circular No.
00002-D-DPELR, de fecha 3 de enero de 2012, en el que se establecen algunas disposiciones
a tomar en cuenta en la distribución de carga horaria; al respecto, me permito
rectificar el tercer punto, el mismo
que indica:
·
Todos los docentes deberán constar dentro del
distributivo de trabajo con 30 horas clases y 10 horas complementarias. No
existirán inspectores de cursos.
Sustituyéndolo por:
·
Todos los docentes deberán constar dentro del
distributivo de trabajo con 30 horas clases y 10 horas complementarias. Se
considerará 1 inspector de curso por cada pabellón de clases o 6 paralelos, quienes
cumplirán con 10 horas clases, 20 horas con función de inspector y 10 horas de
actividades complementarias.
Por lo expuesto y de
conformidad con las directrices establecidas en el Oficio Circular No. 00089
del 7 de septiembre de 2011, de la Subsecretaria de Educación del Distrito de
Guayaquil, se realiza la debida corrección.
Atentamente,
MSc.
Norma Castillo Bravo
DIRECTORA PROVINCIAL DE EDUCACIÓN
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